CÓMO CONSTITUIR UNA ASOCIACIÓN DE VECINOS

Una asociación vecinal no es más que un grupo de personas que, vinculadas a un territorio concreto (un barrio, un distrito, un pueblo), se une para mejorar las condiciones de vida de la comunidad, afrontando sus problemas y velando por sus intereses. Y lo hace, además, de manera voluntaria y sin ánimo de lucro.

No. Las comunidades de vecinos o de propietarios (y las mancomunidades) se circunscriben al ámbito de sus bloques de viviendas, mientras que el espacio de intervención de las asociaciones vecinales es mucho mayor y abarca una variedad infinita de temas y demandas.

 

Entre otras muchas cosas, las asociaciones vecinales son útiles para:

– Mejorar y preservar la calidad de vida del vecindario.
– Generar cohesión social y mejorar la convivencia en el territorio.
– Fomentar la participación ciudadana en los asuntos públicos.
– Defender el mantenimiento y mejora de derechos y servicios públicos básicos como la sanidad, la educación, el acceso al agua, la electricidad, la vivienda, el transporte… así como las infraestructuras y dotaciones del territorio.
– Intervenir en nombre del vecindario ante las administraciones local, regional y estatal.
– Velar y potenciar la cultura y la memoria histórica del territorio.
– Defender a los ciudadanos ante abusos en materia de consumo.
– Y para todas aquellas cuestiones que quieras proponer y en las que puedas implicarte.

Nuestras ciudades y pueblos están llenos de huellas del movimiento ciudadano. Detrás de un centro de salud, un polideportivo, una residencia de mayores, un parque infantil o una escuela pública, muchas veces se encuentra la lucha de las asociaciones vecinales. Gracias a su labor, que siempre se ha movido sobre los ejes de la negociación y la reivindicación, después de casi medio siglo de historia, nuestros barrios se han transformado en espacios más habitables y humanos.

El movimiento vecinal es profundamente heterogéneo pero en general utiliza la asamblea como espacio principal para la toma de decisiones y la democracia directa como método. A partir de ahí, se suele organizar en grupos de trabajo en función de las necesidades y prioridades de cada momento. Es frecuente, además, que se coordine con otras entidades del territorio o de la ciudad para defender demandas comunes.

Si quieres formar parte junto a tus vecinos y vecinas de una organización participativa y transformadora, no dudes en contactar o visitar tu asociación de referencia más cercana. Todas ellas están abiertas a construir, con tu ayuda, un barrio/municipio mejor. Si en tu lugar de residencia no existe aún una asociación vecinal, te animamos a que te juntes con otros vecinos y la pongas en marcha.

Más allá de los aspectos legales, lo realmente importante para poner en marcha una asociación vecinal es constituir un grupo humano estable y duradero en el tiempo, que esté dispuesto a trabajar de manera voluntaria en beneficio del barrio o del municipio. Cuantas más personas se involucren, más fuerte y representativa será la asociación. Por eso consideramos esencial fomentar la participación de sus habitantes en los espacios colectivos, usando para ello todos los recursos y métodos (presenciales y virtuales) que seamos capaces de imaginar: asambleas de barrio o de comunidades de vecinos, jornadas de debate, foros digitales, grupos de mensajería instantánea, acciones de calle, fiestas…

Cuando el grupo haya echado a andar, será el momento de dotarlo de una estructura legal, algo que FEVESA siempre recomienda, pues facilita la relación con la Administración y con ciertas entidades públicas y privadas, y es imprescindible para acceder a determinados recursos públicos, ayudas, información, participación y espacios, entre otras muchas ventajas.

Constituir una asociación vecinal es muy sencillo, y requiere de los siguientes pasos:

La redacción del acta fundacional, en la que debe aparecer: los nombres de los promotores, su nacionalidad y domicilio (mínimo tres personas); la expresión de la voluntad de constituir la asociación y la denominación de ésta; la designación de los integrantes de los órganos provisionales de gobierno (presidente, secretario, tesorero, vocales…) y, por último, el lugar, la fecha y la firma de los promotores.

1.- La elaboración y aprobación de los estatutos (véase artículo 7 de la Ley Orgánica 1/2002 reguladora del derecho de asociación) por los que ha de regirse la entidad.
2.- El siguiente paso es inscribir la asociación en el Registro. Para ello hay que presentar los siguientes documentos:
– Solicitud firmada por el representante legal de la Asociación.
-Un ejemplar del acta fundacional con firmas originales de todos los fundadores en todas sus páginas.
– Un ejemplar de los estatutos con firmas originales de los miembros que constituyan el órgano de gobierno o representación en todas sus páginas.
– Justificante del pago de la tasa por solicitud de inscripción.

Una vez inscrita en el Registro, recomendamos la inscripción de la asociación en el registro del ayuntamiento correspondiente y la solicitud en éste de la declaración de utilidad pública municipal.

El siguiente paso es voluntario pero aconsejable y consiste en federar a la nueva asociación en FEVESA.

Cuando se produzca una modificación de estatutos, ésta deberá ser inscrita en el Registro de Asociaciones de Castilla y León. Para ello hay que aportar la siguiente documentación:

– Solicitud firmada por el representante legal de la asociación.
– Justificante del pago de las tasas.
– Certificado (del secretario/a con el visto bueno del presidente/a) del acta de la reunión de la asamblea general de la asociación en la que se aprobó la modificación de los estatutos.
– Certificado de la composición de la junta directiva actualizada de la asociación extendido por el secretario/a con el visto bueno del presidente/a, donde se harán constar los siguientes datos de cada uno/a de los/as miembros: cargo, nombre y apellidos, DNI, domicilio completo y la fecha de la asamblea general en la que fueron elegidos/as.
– Un ejemplar de los estatutos con las firmas originales del presidente/a y del secretario/a en todas sus páginas. Además al final deben incluir el siguiente texto:

D   ………………………….., con DNI ……………… Secretario de la Asociación, con Número de Registro ……….., CERTIFICO: Que los presentes estatutos recogen las modificaciones aprobadas en la reunión de la Asamblea General celebrada el…………………

Lugar y fecha.

Vº Bº

El Presidente (firma)                                          El Secretario

La asociación deberá inscribir en el Registro de Asociaciones de Castilla y León la junta directiva cada vez que haya modificaciones en la misma o haya finalizado su periodo de mandato. Para ello, hay que aportar la siguiente documentación:

– Solicitud firmada por el representante legal de la asociación
– Certificado de la composición de la junta directiva actualizada de la asociación extendido por el secretario/a con el visto bueno del presidente/a, donde se harán constar los siguientes datos de cada uno/a de los/as miembros: cargo, nombre y apellidos, DNI, domicilio completo y la fecha de la asamblea general en la que fueron elegidos/as.
– Justificante del pago de las tasas.